Modificaciones en el sistema de altas, bajas y variaciones de datos en Seguridad Social

PIB autónomos UATAE

El pasado 5 de agosto entró en vigor el Real Decreto 997/2018, por el que se modifica el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

El objetivo de la modificación es reforzar las medidas contra el fraude en las altas y bajas de los trabajadores en los diferentes regímenes de la Seguridad Social. Se pretende dificultar la posibilidad de tramitar la baja de un trabajador en caso de que sea dado de alta de oficio por la Seguridad Social, a instancias de la Inspección de Trabajo por detectar ésta que se encuentra en un régimen que no corresponde. En definitiva, se trata de garantizar la afiliación de los “falsos autónomos” en el Régimen General de la Seguridad Social.

La medida aprobada modifica los artículos 31 y 35 del citado Reglamento General, de tal forma que la redacción actual otorga carácter preceptivo (fase previa obligatoria) a los Informes de Inspección de Trabajo y Seguridad Social para resolver las solicitudes de baja formuladas tras un alta de oficio, siempre que afecten al mismo trabajador. Anteriormente, los Informes de Inspección de Trabajo y Seguridad Social eran potestativos (no obligatorios), por lo que venía siendo habitual la práctica de cursar la baja de un trabajador que había sido dado de alta de oficio, distorsionando así el procedimiento de inspección.

Por otro lado, las bajas y variaciones de datos de aquellos trabajadores cuyo alta haya sido de oficio por la Seguridad Social ya no producirán efectos ni excluirán la obligación de cotizar cuando afecten a periodos de tiempo incluidos en el acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que motivó su alta.

Con estas medidas se garantiza que los procedimientos iniciados de oficio puedan instruirse hasta su resolución en firme, sin verse dificultados por las posibles actuaciones que puedan llevar a cabo trabajadores o empresarios a través del Sistema de remisión electrónica de datos (RED).

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